REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.



EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 20 de Mayo de 2009.-

199° y 150°

Conforme ha sido ordenado, en el cuaderno principal del presente expediente que corre inserto en el folio veinticuatro (24), de fecha 13 de Mayo de 2009, contentivo del juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, incoado por la ciudadana MILEIXA DIOSELY GONZALEZ CRUZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-9.353.245, asistida por el abogado en ejercicio LUIS FELIPE LORAN, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 42.790 y de este domicilio, contra la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA U&B, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el 09 de Agosto de 1979, bajo el N° 26, tomo 83-B, actuando como mandataria del CENTRO COMERCIAL LAS FERIAS DE VALENCIA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el 23 de Enero de 1981, bajo el N° 22, tomo 109-A, en la persona de su Director Principal LUIS FERNANDO BOHORQUEZ MONTOYA. Se abre el presente cuaderno de medidas. En consecuencia, el Tribunal no acuerda la medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada en el escrito libelar, fundamentado en el artículo 585 en concordancia con el articulo 588 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, hasta tanto no conste en autos el documento motivo de la demanda, muy a pesar de que el respectivo original, según alega el actor, se encuentra en poder de la demandada de autos.
LA JUEZA PROVISORIA,

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ABG. ANNABELLA GARCÍA QUINTANA,


LA SECRETARIA TITULAR

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Abg. MIRIAM PEREZ ABACHE.





ACGQ/MGPA/mgpa
Exp. 6466