REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 25.765.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (S): VIRGINIA RAMIREZ DE ROJAS (viuda) Y OTROS
En relación a la solicitud de fecha 05 de Marzo de 2009, suscrita por los ciudadanos VIRGINIA RAMIREZ DE ROJAS (viuda), NEIZA ELENA ROJAS RAMIREZ, ELSY ENEIDA ROJAS RAMIREZ, FERMIN ENRIQUE ROJAS RAMIREZ, NELSON ENRIQUE ROJAS RAMIREZ, JOSE LUIS ROJAS RAMIREZ, ZAIDA JOSEFINA ROJAS DE SANCHEZ Y MARIA ELENA ROJAS RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cèdulas de identidad Nros. V-1.373.818, V-7.011.784, V-7.011.783, V-7.011.780, V-7.070.142, V-7.090.528, V-7.101.724 Y V-7.131.668, asistidos por la abogada NOEMÍ MARIA CAMERO YEPEZ Inpreabogado Nro. 56.048, en su condición de conyuge la primera e hijos los demàs, donde solicitan les sea declarada, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus FERMIN ENRIQUE ROJAS HERRERA, quien falleció ab-intestato, el día 28 de Diciembre del año 2008. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos VIRGINIA RAMIREZ DE ROJAS (viuda), NEIZA ELENA ROJAS RAMIREZ, ELSY ENEIDA ROJAS RAMIREZ, FERMIN ENRIQUE ROJAS RAMIREZ, NELSON ENRIQUE ROJAS RAMIREZ, JOSE LUIS ROJAS RAMIREZ, ZAIDA JOSEFINA ROJAS DE SANCHEZ Y MARIA ELENA ROJAS RAMIREZ antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto FERMIN ENRIQUE ROJAS HERRERA, quien falleció ab-intestato, el día 28 de Diciembre de 2008, según Acta N° 40, TOMO I, Año 2009. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Cuatro (04) días del mes de Mayo del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Provisorio,

Abg. Santiago Alfredo Restrepo Pérez.
La Secretaria,
Abg. Nancy Molina
En la misma fecha siendo las 10:23 minutos de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.

La Secretaria,
Ebd