REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 18 de mayo de 2009
199º y 150º
Vista la diligencias suscrita por la ciudadana CARMEN MERCEDES RODRÍGUEZ DE CALLEJA, en su carácter de autos, asistida de abogada, y por cuanto observa el Tribunal que al momento de admitir las pruebas promovidas por la parte actora, se comisiono para la evacuación de testigos, en consecuencia, se deja sin efecto dicha comisión, todo de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, a tal efecto, se REPONE la causa PARCIALMENTE solo en lo respecta a los testigos promovidos en el CAPITULO III DE LAS PRUEBAS TESTIMONIALES, se fija el tercer (3°) día de Despacho siguiente al presente a las 9:00 y 10:00 de la mañana para que comparezcan los ciudadanos MELVIS JESÚS BETANCOURT BOLÍVAR y ARACELIS ARIZA DE PÉREZ, y el quinto (5°) día de Despacho siguiente al presente a las 9:30 y 10:30 de la mañana para que comparezcan los ciudadanos GLORIA ELENA GIL RAMÍREZ y ÁNGELA BOLÍVAR, todos domiciliados en Guacara, Estado Carabobo, a los fines de que rinda la declaración correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez Provisorio,

Abog. Santiago Alfredo Restrepo Pérez
La Secretaria,

Abog. Nancy Molina
Exp. N° 20.655.-
/jaimir.-