REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Valencia, 18 de mayo de 2009
Años 199º y 150º
ASUNTO: GP01-S-2008-000376
JUEZ: ABG. NANCY GODOY
Solicitante: Gonzalo Antonio Trucios Kleiman
Abogada: Enelda Marina Oliveros
DECISIÓN: SOLICITUD IMPROCEDENTE
Visto el escrito presentado por la Abg. Enelda Marina Oliveros, donde solicita la revisión de la Medida Cautelar dictada en contra del ciudadano Gonzalo Antonio Trucios Kleiman.
Este Tribunal para decidir observa de la revisión exhaustiva de la presente actuación, así como de la revisión del sistema Juris 2000 llevado por este Tribunal que la causa signada con el No. GP01-S-2008-376, en fecha 21-11-2.008, se dicto decisión donde Acuerda el Cese de toda medida de coerción impuesta el ciudadano Gonzalo Antonio Trucios Kleiman, en virtud del Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público del Estado Carabobo, es por lo que esta Juzgadora estima que lo ajustado a derecho es DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE las solicitudes realizadas por la defensa, en virtud de que en fecha 21-11-2.008, este Tribunal dicto decisión donde Acuerda el Cese de toda medida de coerción impuesta el ciudadano Gonzalo Antonio Trucios Kleiman, en virtud del Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público del Estado Carabobo. Notifíquese a las partes. Diarícese, publíquese y regístrese. CÚMPLASE.
Abg. Nancy Godoy
Jueza Segunda de Primera Instancia
en Función de Control Audiencia y Medidas
Abg. María G. Ramírez M.
La Secretaria
Hora de Emisión: 8:49 AM