REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 25 de Mayo de 2009
Años 199º y 150º


AUTO. FIRMEZA DE FALLO. ARCHIVO DE EXPEDIENTE.

Dictada como ha sido la sentencia definitiva, en fecha 20 de marzo de 2.009, mediante la cual se DECLARA LA EXTINCION DEL PROCESO POR PERDIDA DEL INTERES en la presente demanda de reivindicación, (folios 198 al 203), y visto que ha transcurrido íntegramente el lapso de apelación establecido en el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en consecuencia se declara definitivamente firme el fallo proferido, y se ordena el archivo judicial del presente expediente en la oportunidad correspondiente.


EL JUEZ
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
EL Secretario Accidental
José Javier Pastrán Torres


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-


EL Secretario Accidental
José Javier Pastrán Torres























EXP: Nº JS-51459-10/ REIVINDICACION
JDUA/JJPT/SG