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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
 Valencia, treinta de marzo de dos mil nueve
 198º y 150º
 
 SENTENCIA
 
 N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000169
 PARTE ACTORA: RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ
 PARTE DEMANDADA: KEOPS GARDEN, C. A.
 MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
 
 Hoy, treinta (30) de marzo de 2009, siendo las 11:00 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR. En este estado la juez deja constancia que asistieron a este acto ambas las partes involucradas en este proceso, la parte ACTORA RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ asistido por el abogado PIERRE CAMINERO PARES inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.400, quien manifiesta haber recibido su indemnización por parte de la Empresa demandada;  Y la parte Demandada, KEOPS GARDEN, C. A., en la persona de su Apoderado Judicial abogado  ROCIO GANDICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.983. Se estima de conformidad el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO hecho por el ciudadano RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
 El Juez
 
 Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS
 
 
 LA SECRETARIA
 
 Abg. Amarilys Mieses Mieses.
 
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