REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, cuatro de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

Nº de expediente: GP02-L-2008-002548
Parte demandante: ALEXANDER ENRIQUE MONTOYA ROMERO, titular de la cedula de identidad N° 11.356.664 (No Asistió)

Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: No Asistió
Parte Demandada :


Apoderado judicial de la Parte demandada:
COMERCIALIZADORA PUNTA DEL ESTE, C.A ( No Asistió)

Abogado: No asistió


Motivo: CALIFICACION DE DESPIDO

ACTA
En el día hábil de hoy cuatro de marzo de dos mil nueve siendo las 11:00 am oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDANTE Y DEMANDADA no comparecieron a la Audiencia Preliminar ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 150°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES


LA SECRETARIA