REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 13 de Marzo de 2009
197º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENE: GP02-L-2008-000927
PARTE ACTORA: NO ACUDIO
ABOGADO APODERADO PARTE ACTORA : NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA: NO ACUDIÓ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 13 de Marzo de 2009 , siendo las 11:00 A.M día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia de la INCOMPARECENCIA DEL ACCIONANTE DE AUTOS, COMO LO ES : JUAN DE LA CRUZ HERRERA titular de la cédula de identidad No. 7.276.079 ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo que la Parte Actora es la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
La Juez

Abg. GLADYS MIJARES LUY



El Secretario
Abg.