TRIBUNALSEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
198º y 150º
Valencia 12 de Marzo de 2009
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Nro. DE EXPEDIENTE: GP02-L-2007-000613
PARTE ACTORA: JESUS ENRIQUE LOZADA MOLINA
ABOGADO APODERADO PARTE ACTORA : GLADYS AROCHA
PARTE DEMANDADA: TASCA RESTAURANT CENTRO HIPICO EL CENTRAL C.A...
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: GREGORIO ACOSTA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 12 de Marzo de 2009 siendo las 3:00 P .M: .dia, a fin de llevar a cabo audiencia conciliatoria en fase de ejecución, en virtud del derecho que asiste a las partes de aplicación por parte de los órganos que imparten justicia, de la aplicación de medios alternos de resolución de conflictos en cualquier grado y estado del proceso, establecido en la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, y ante el llamado del Tribunal, comparecieron a la sede del mismo, los ciudadanos GLADYS AROCHA abogada apoderada de la parte ejecutante y YULIAN BELLO VENEGAS titular de la cédula de identidad No.16.948.995 en su carácter de ADMINISTRADORA de la demandada debidamente asistida por el profesional del derecho GREGORIO ACOSTA inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No. 115.572 y por la parte ejecutada en la presente causa TASCA RESTAURANT CENTRO HIPICO EL CENTRAL C.A.. Dándose así inicio a la audiencia, la representación judicial de la parte ejecutada le manifiesta al Juez que procede en éste acto a proponer a la parte ejecutante y a su abogado asistente, cancelar el monto liquido condenado más una indemnización por pago fraccionado para un total de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. 10.000,00) mediante cuatro (04) pagos por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. 5.000,00) el primero de ellos el día 13 DE MARZO DEL 2009, y TRES (03) pagos posteriores cada uno de ellos por la cantidad de MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES ( Bs. 1.666,00) cada uno en las fechas que se mencionan a continuación 03 DE ABRIL DEL 2009, 23 DE ABRIL DEL 2009 y 12 DE MAYO DEL 2009 a las 11:00 A.M. por ante la sede del Tribunal . Con la cancelación del mencionado monto la parte ejecutada da fiel y cabal cumplimiento a la sentencia que ha recaído en la presente causa cuya cantidad liquida ha sido debidamente indexada y aplicada los intereses moratorios de conformidad con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


DEL ACUERDO


En este estado el tribunal de conformidad con el Artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece las facultades legales que tiene el Juez como rector del proceso y las cuales le permiten la aplicación de medios alternativos de solución de los conflictos; medios estos consagrados en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , en la forma de pago antes descrita y como monto único y definitivo. de todos y cada uno de los conceptos reclamados y que le corresponden o pudieran corresponderle a JESUS ENRIQUE LOZADA MOLINA titular de la cédula de identidad No. 17.551.234 contra la demandada: TASCA RESTAURANT CENTRO HIPICO EL CENTRAL C.A... . El presente acto se ha llevado a cabo de conformidad con las disposiciones de los Artículos 253 y 258 d e la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 3, Parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y con la de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes; y en vista de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes; y en virtud de que los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho, y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución del conflicto.

DE LA HOMOLOGACION

Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador demandante, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efecto de Cosa Juzgada y exhorta a las partes a dar cumplimiento en los términos como lo establecieron. De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto; déjese copia en el archivo. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ




Abog. GLADYS MIJARES LUY




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTANTE


PARTE EJECUTADA



ABOGADO ASISTENTE PARTE EJECUTADA



El Secretario.

Abg.DAYANA TOVAR

GP02-L-2007-000613