República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo


En el día de hoy, 25 de marzo de 2009, siendo las 10:00 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora MAURICIA GONZÁLEZ y la secretaria titular abogada YULIMAR FONSECA, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 3172, en compañía de la parte actora, abogada en ejercicio ROSA BEATRIZ GUBAIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.519, en el inmueble objeto de la medida constituido por un apartamento ubicado en el Edificio RESIDENCIAS BECOMAR, signada con el Nro. 3-A, situado en el callejón la Ceiba Nro. 101-154, de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el tribunal procede a notificar a la ciudadana FRANCYS MADILEIN YUSTIZ GIMENEZ, venezolana y titular de la cedula de identidad Nro. 13.556.473, quien quedo notificada por el tribunal, de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios del Estado Carabobo, expediente Nro.1336-08. Acto seguido la parte actora, abogada en ejercicio ROSA BEATRIZ GUBAIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.519, expone: Solicito al Tribunal me haga ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por un apartamento ubicado en el Edificio RESIDENCIAS BECOMAR, signada con el Nro. 3-A, situado en el callejón la Ceiba Nro. 101-154, de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida constituido por un apartamento ubicado en el Edificio RESIDENCIAS BECOMAR, signada con el Nro. 3-A, situado en el callejón la Ceiba Nro. 101-154, de la Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, a la parte actora representada en este acto por la abogada en ejercicio ROSA BEATRIZ GUBAIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 102.519, tal y como fue acordado por el tribunal de la causa. Seguidamente la ciudadana FRANCYS MADILEIN YUSTIZ GIMENEZ, venezolana y titular de la cedula de identidad Nro. 13.556.473, expone: Manifiesto al tribunal que en este mismo acto procedo a trasladar todos mis bines a mi cuenta y riesgo a la casa de un familiar. Seguidamente el Tribunal, declara cumplida su





misión, deja constancia que estuvo acompañado de la custodia policial a cargo del Cabo Primero Andrés García, placa Nro. 1880, igualmente deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 1:30 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.