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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-
 
 Valencia,  19 Marzo 2009
 Años: 197º y 150º
 
 Expediente Nº 12.386
 
 Vista la diligencia presentada el 17 marzo 2009 por la abogada por la abogada MARIA ALEXANDRA RUMBOS, Inpreabogado Nº 79.150, apoderada judicial de ROSSETTI ARREDO C.A, mediante el cual desiste del procedimiento de recurso de nulidad interpuesto contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN, DIEGO IBARRA Y LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, este Juzgador observa que el desistimiento no es contraria al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte recurrente. Archívese el expediente.
 
 El Juez Provisorio,
 
 OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
 
 El Secretario,
 
 Abog. GREGORY BOLIVAR R.
 
 Exp. N° 12.386
 OLU/Marbella
 Diarizado Nº_____
 
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