REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SOLICITANTES: TULIO MANUEL HERRERA ALVAREZ Y NIBIA ISABEL PALMET LUNA
ABOGADO: SARA EDITH CARVALLO
SENTENCIA: DEFINITIVA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 21.659

Por escrito presentado en fecha 15 de Enero de 2009, los ciudadanos TULIO MANUEL HERRERA ALVAREZ, venezolano, mayores de edad, casado, titular de las cedula de identidad Nro V- 24.137.088; Y NIBIA ISABEL PALMET LUNA, colombiana, mayor de edad casada, titular de la cedula de identidad Nro. E- 81.704.358, respectivamente y de este domicilio, asistidos por la abogado SARA EDITH CARVALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.024, de este domicilio, manifestaron al Tribunal estar separados de hecho y no haber llevado vida común por más de cinco (5) años; por esos motivos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, solicitaron se decretara el divorcio.
Emplazados los cónyuges y la Fiscal Décimo Octava (18°) del Ministerio Público en Materia de Familia, como consta a los folios 6 y 10 del expediente.
En fecha 19 de Enero de 2009, los ciudadanos TULIO MANUEL HERRERA ALVAREZ Y NIBIA ISABEL PALMET LUNA, ya identificados y asistidos de abogados, se dieron por citados, renunciaron al lapso de la comparecencia y ratificaron en todas y cada una de sus partes la solicitud de divorcio presentada.
Dentro del lapso correspondiente, la Fiscal del Ministerio Público, presentó escrito en el cual manifiesta que no objeta el procedimiento.
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos en el artículo 185-A del Código Civil, por lo que, de acuerdo a la citada disposición legal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos TULIO MANUEL HERRERA ALVAREZ Y NIBIA ISABEL PALMET LUNA, identificados suficientemente en autos y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día 28 de Diciembre de 1983, fecha en que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo. Acta N° 389, año 1983.
En cuanto a hijos y bienes, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los Solicitantes manifestaron que los hijos de nombres CAROLINA, TULIO JOSE Y KATHERYN ELISA, procreados durante el matrimonio actualmente son mayores de edad y no constan en el expediente bienes que liquidar.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los diecisiete (17) días del mes de Marzo del año dos mil nueve (2009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Santiago Alfredo Restrepo Pérez

La Secretaria,

Abg. Nancy Molina
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 9:30 minutos de la mañana.-
La Secretaria,

Abg. Nancy Molina
Exp. N° 21.659
SARP/kc.-
Certifico que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, a la cual se contrae, de cuya exactitud doy fe, certifico y expido, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Valencia, 17 de Marzo de 2009.-
La Secretaria,
































EXPEDIENTE: 21.659



SOLICITANTES: TULIO MANUEL HERRERA ALVAREZ Y NIBIA ISABEL PALMET LUNA


MOTIVO: DIVORCIO 185-A


SENTENCIA: DEFINITIVA
CON LUGAR LA SOLICITUD


FECHA: 17 de Marzo de 2009


JUEZ PROVISORIO: ABOG. SANTIAGO ALFREDO RESTREPO PEREZ


JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-