REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de marzo de 2009
198º y 150º
AUTO. FIJANDO NUEVA OPORTUNIDAD.
Vista la diligencia anterior suscrita por la ciudadana ANAMARIA CORREA FEO, titular de la cédula de identidad Nº 4.450.723, inscrita en la AVGG bajo el Nº C-32, mediante la cual solicita nueva oportunidad, a fin de asistir a la juramentación como experto en la presente causa, este Tribunal acuerda de conformidad con lo peticionado. En consecuencia, se fija para el día viernes 20 de marzo de 2009, a las once ante meridiem (11:00 a.m.,), el acto de juramentación, de conformidad con lo establecido en el articulo 458 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez
EXP. Nº JS-52051-104/ RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO.
JDUA/VPP.
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Código de Procedimiento Civil. Articulo 458. 1er aparte. “…los nombrados deberán concurrir al Tribunal sin necesidad de notificación a prestar el juramento de desempeñar fielmente el cargo…”.