REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Poder Judicial
Valencia, 04 de Junio del año dos mil nueve
199º y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000787
PARTE ACTORA: RAMON GERARDO MONTILLA CONTRERAS
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA PIO, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 04 de Junio del año 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia que la Parte Actora RAMON GERARDO MONTILLA CONTRERAS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno, compareciendo solo la parte demandada: AGROPECUARIA PIO, C.A., a través de su apoderada judicial LETICIA MONTILLA, debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 40.100, quien consigna Poder notariado en Original y copia para ser certificado por la secretaria de este despacho, el tribunal ordena previa certificación su incorporación a los autos. De la incomparecencia de la parte actora, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 199 ° y 150 °.
LA JUEZ

ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ


PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 10:00 a.m.


LA SECRETARIA
ABG. MARIA LUISA MENDOZA