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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
 Valencia, veintinueve de junio de dos mil nueve
 199º y 150º
 
 
 
 ASUNTO: GP02-L-2007-002361
 DEMANDANTE: GUSTAVO MANUEL ECHEVERRIA MORALES
 DEMANDADO: TRANSPORTE Y SERVICIOS ESPECIALES, C. A.
 MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
 
 
 
 Dando cumplimiento con lo ordenado por el Juzgado Superior Primero de esta Circunscripción Judicial, que cursa en el expediente desde el folio 453 al folio  455, respecto a la Homologación de la transacción celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, por una parte el demandante GUSTAVO MANUEL ECHEVERRIA MORALES y por la otra parte la Empresa demandada  TRANSPORTE Y SERVICIOS ESPECIALES, C. A. Este Tribunal, HOMOLOGA la misma, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente. Hágase la anotación en el libro de entradas y salidas
 LA JUEZ,
 
 ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS
 
 
 
 LA  SECRETARIA,
 
 AMARILYS MIESES MIESES.
 
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