REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 02 de Junio de 2009
199º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000674
PARTE ACTORA: JAVIER JERALDO ALVAREZ NIÑO .
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA C.A. ( VESEVICA .)
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: GINA MARBEIS MORENO CANO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 02 de junio de 2009 , siendo las 9:00 A.M.. día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia de INCOMPARECENCIA del accionante de autos, como lo es JAVIER JERALDO ALVAREZ NIÑO . titular de las cédula de identidad No. 19.261.199 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderada GINA MARBEIS MORENO CANO debidamente inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el No. 110.823 según consta de poder autenticado en la Notaría Pública Décima Tercera del Distrito Capital en fecha 16/12/2005 No. 43 tomo 117 el cual consigna previa certificación.

La Juez


Abg. GLADYS MIJARES LUY

El Secretario
. Abg. DAYANA TOVAR



Apoderado Judicial de la Parte Demandada