REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 04 de junio del 2.009
Años 1998º y 149º
HACE SABER:
Que con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES (vía ejecutiva) intentado por ante este Tribunal por el Abog. JUAN FERNANDO GUERRA COGORNO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 61.242 actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio CASTOR C.A., contra el CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL MEDITERRANEAN PLAZA, representado por su Administradora ciudadana ENNA M. RODRIGUEZ, este Tribunal por auto de esta misma fecha ordenó librarle el presente despacho con las inserciones correspondientes: “JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Valencia, 28 de mayo del 2.009.- Años 199º y 150º .-…..Como lo requiere el artículo 630 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda el EMBARGO EJECUTIVO sobre los siguientes bienes inmuebles: 1) Un (1) local comercial que forma parte del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA, ubicado en la Urbanización Sabana Larga, avenida E-2, cruce con avenida F-1, calle 128, numero cívico 106-A-20, Parcela 01,02,03,04,05 y 06 Manzana N, jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Valencia del estado Carabobo. Dicho Local está signado con el Nº P2-L29 de la Planta Baja o Nivel Planta Baja del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA y tiene un área de 41 Mts.2, y consta de las siguientes dependencias: El área del local propiamente dicho; un (1) baño con cerámica y porcelana en piso y pared respectivamente equipado con un (1) lavamanos y un (1) W.C., un (1) ducto de servicio para extracción forzada de aire y paso de tubería y un (1) puesto de estacionamiento signado con el Nº 199, ubicado en la Planta Sótano o Nivel Sótano. Siendo los linderos particulares del Local Comercial los siguientes: NORTE: con el área de pasillo y circulación peatonal y el local P2-L30; SUR: con los locales P2-L19,P2-L20 y P2-L28; ESTE: con el área de pasillo y circulación peatonal; y OESTE: con los locales P2-L18, P2-L19 y P2-L30. Los linderos particulares del puesto de estacionamiento Nº 199 son: NORTE: con el puesto de estacionamiento Nº 167; SUR: con el área de circulación automotriz; ESTE: con el puesto de estacionamiento Nº 200y OESTE: con el puesto de estacionamiento Nº 198. A este local comercial le corresponde un porcentaje de 0,2835666880% y le pertenece a la COMUNIDAD DE CO-PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL MEDITERRANEAN PLAZA según consta de documento de dacion en pago protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Del Municipio valencia del Estado Carabobo en fecha 03 de septiembre de 2.003, bajo el Nº 47, Pto. 1ª, Tomo Nº 17.- 2) Un (1) local comercial que forma parte del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA, ubicado en la Urbanización Sabana Larga, avenida E-2, cruce con avenida F-1, calle 128, numero cívico 106-A-20, Parcela 01,02,03,04,05 y 06 Manzana N, jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio valencia del estado Carabobo; dicho Local esta signado con el Nº P2-L30 de la Planta Baja o Nivel Planta Baja del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA, y tiene un área de 41 Mts.2 y consta de las siguientes dependencias: El área del local propiamente dicho; un (1) baño con cerámica y porcelana en piso y pared respectivamente equipado con un (1) lavamanos y un (1) W.C., un ducto de servicio para extracción forzada de aire y paso de tubería y un (1) puesto de estacionamiento signado con el Nº 194, ubicado en la planta sótano o nivel sótano. Siendo los linderos particulares del local Comercial los siguientes: NORTE con el área de pasillo y circulación peatonal y el Local P2-L17; SUR: con los locales P2-L18, P2-L19 y P2-L29; ESTE: con el área de pasillo y circulación peatonal y el local P2-L29 y OESTE: con los locales P2-L18 y P2-L17. Los linderos particulares del puesto de estacionamiento Nº 194 son: NORTE: con el puesto de estacionamiento Nº 168; SUR: con el área de circulación automotriz; ESTE: con el puesto de estacionamiento Nº 195 y OESTE: con el puesto de estacionamiento Nº 193. A este local comercial le corresponde un porcentaje sobre los derechos y obligaciones derivados del condominio de 0,2835666880%. El documento de Condominio del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA fue protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Publico del Municipio Valencia del estado Carabobo en fecha 30 de mayo de 1.997, bajo el Nº 48, folios 1 al 99, Protocolo 1ª, Tomo 47.- Dicho inmueble pertenece a ala COMUNIDAD DE CO-PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL MEDITERRANEAN PLAZA según consta en documento de dacion en pago protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Valencia del estado Carabobo en fecha 03 de septiembre de 2.003, bajo el Nº 47, Pto. 1º, Tomo 17.- 3) Local P3-L23, ubicado en la planta primer piso del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA. Tiene un área aproximada de 59 Mts.2 y sus linderos particulares son: NORTE: con los locales P3-L01, P3-L02 y P3-L24; SUR: con el área de pasillo y circulación peatonal; ESTE: con el área de pasillo y circulación peatonal y el Local P3-L24 y OESTE: con el área de pasillo y circulación peatonal y el local P3-L01; y consta de un baño de cerámica y porcelana en `piso y pared respectivamente, equipado con un lavamanos y un W.C. y un ducto de servicio para extracción forzada de aire y paso de tuberías. Le corresponde un puesto de estacionamiento signado con el Nº 178, y sus linderos particulares son: NORTE: con el ara de circulación automotriz; SUR: con el puesto de estacionamiento Nº 177; ESTE: con el área de circulación automotriz y OESTE: con el puesto de estacionamiento Nº 179 y le corresponde un porcentaje sobre los derechos y obligaciones derivados del condominio de 0,4080593802%. Dicho inmueble le pertenece a la comunidad de Co-Propietarios del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA según consta de documento de dacion en pago protocolizado por ante la oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 03 de diciembre de 2.003, bajo el Nº 30, Pto. 1ª, Tomo 19.- 4) Un local comercial signado con el Nº P4-L09, ubicado en la planta segundo nivel del Centro Comercial MEDITERRANEAN PLAZA. Tiene un área aproximada de 28 Mts.2 y su linderos particulares son: NORTE: con el área de pasillo y de circulación peatonal; SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con el área de foso de ascensores ubicados entre el eje F, el eje 1 y el área de pasillo y circulación peatonal; y OESTE: con el Local P4-L10 y consta de: un `baño de cerámica y porcelana en piso y pared respectivamente, equipado con un lavamanos y un W.C. y un ducto de servicio para extracción forzada de aire y paso de tuberías. Le corresponde un puesto de estacionamiento signado con el Nº 222 y cuyos linderos son: NORTE: con el área de circulación automotriz; SUR: con el área de depósito; ESTE: con el área de ascensor ubicado entre los ejes B y C y los ejes 15 y 16 y OESTE: con el área de escaleras ubicado entre los ejes B y C y los ejes 15 y 16 y le corresponde un porcentaje en el condominio de 0,1936552991%. Dicho inmueble le pertenece a la Comunidad de Co-Propietarios del Centro Comercial MEDITERRANEAN PAZA según consta de documento de dacion en pago protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 03 de diciembre de 2.003, bajo el Nº 30, Pto. 1º, Tomo 19. Para la práctica de esta medida se acuerda librar despacho y enviarlo con oficio al Juzgado Distribuidor Ejecutor de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de esta Circunscripción Judicial, a quien se le librará despacho de comisión con las inserciones correspondientes. Líbrese Despacho y remítase con oficio. El Juez Provisorio, (fdo.) Abog. Pastor Polo.- La Secretaria Temporal, (fdo.) Abog. Nancy Rea R. Se hizo lo ordenado. Se libro despacho, Oficio Nº 875 y certificación.- La Secretaria Temporal, (fdo.) Ilegible. Aparecen dos (2) sellos húmedos del tribunal.-Exp. N° 53.514.-PP/cc-
Queda facultado para designar Perito avaluador, Depositaria Judicial y tomarles el juramento de Ley.
Una vez recibida dicha comisión, sírvase darle estricto cumplimiento devolviéndola con sus resultas.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los cuatro (4) días del mes de junio del año dos mil nueve (2009).-.
El Juez Provisorio
La Secretaria Temporal,
Abog. Pastor Polo
Abog. Nancy Rea R.
EXP. No. 53.514
PP/cc.-
DEMANDANTE: CASTOR C.A.
DEMANDADO: CONDOMINIO DEL C.C. MEDITERRANEAN PLAZA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (vía ejecutiva)
EXPEDIENTE NRO. 53.514