REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 02 de Junio de 2009.
199º y 150º


AUTO. DEVOLUCIÓN DE ORIGINALES.-
Vista la anterior diligencia suscrita por la abogada Rosa Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº.17.837, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora los ciudadanos Saúl Antonio Ventura Vegas, Maria Eloina Loyo y Omar Antonio Vegas Matos, identificados en autos, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, y en consecuencia ordena devolver los siguientes originales: Carta de registro del ciudadano Omar A. Vegas, folios 181, vuelto, y 182; declaratoria de permanencia, folios 183, vuelto y 184; declaratoria de permanencia de la ciudadana Maria Loyo, folio 185, vuelto y 186; carta de registro, folios 187, vuelto y 188; carta de registro y declaratoria de permanencia del ciudadano Saúl Ventura, folios del 189 al 192 y su vueltos, insertos al presente expediente, previa certificación por secretaría de las copias fotostáticas de tales originales. Certificación que se expide de conformidad de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese certificación.-

EL JUEZ
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
EL Secretario Accidental
José Javier Pastrán Torres.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró certificación.-

EL Secretario Accidental
José Javier Pastrán Torres.