REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 12 de junio de 2009
Año 199º y 150º
AUTO. INSPECCION JUDICIAL. OPORTUNIDAD PROCESAL
Visto el auto de fecha 11 de junio de 2009, que resuelve la oposición e impugnación realizada por la parte accionada, y admite las pruebas promovidas por la parte actora (Folio 103 al 107), en la que se acuerda fijar por auto separado la inspección judicial; este Tribunal lo hace de la siguiente manera:
UNICO: Respecto a la prueba de inspección judicial, promovida por la parte actora, en el capitulo tercero de su escrito de promoción de pruebas (Folio 95 al 100), este Tribunal fija para el noveno (9º) día de despacho siguiente al de hoy, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), la práctica de la inspección en el lote de terreno ubicado en el sector El Rincón, parcela Shalom, Municipio Bejuma del Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el 4721 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. José Javier Pastrán Torres
EXP Nº. JAP-124-2009/ ACCION POSESORIA AGRARIA POR RESTITUCIÓN.-
JDUA/JJPT/GG.