REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello

Puerto Cabello, 30de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO : GP21-L-2009-000211

Vista la anterior diligencia de Fecha 23 de Julio de 2009, que cursa al folio (30) del presente asunto, donde el ciudadano EDISON RODRIGUEZ LOVERA , en su carácter de Apoderado judicial del co-demandante ciudadana SOLANDYS DEL CARMEN PEREZ,, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.100.645, desiste del procedimiento que se intento contra la entidad mercantil demandada FUNDACIONES PORTUARIAS DE VENEZUELA, C. A, En consecuencia este Juzgado, visto que el desistimiento del procedimiento incoado por prestaciones sociales del demandante ciudadana SOLANDYS DEL CARMEN PEREZ, antes identificado, tomando en cuenta que el mismo ha sido la conclusión de un proceso como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación Analógica del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que este TRIBUNAL DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTANDO JUSTICIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y en virtud de que dicha solicitud no es contraria a derecho ni menoscaba normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO INTENTADO POR LA CIUDADANA SOLANDYS DEL CARMEN PEREZ, EN CONTRA DE LA EMPRESA FUNDACIONES PORTUARIAS DE VENEZUELA C.A., en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.
EL JUEZ


Abg. EUSOQUIO JOSE YEPEZ GARCIA


La Secretaria


Abg. YANEL MARITZA YAGUAS DIAZ