REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

En horas del día de hoy, 27 de Febrero de 2009, sin Despacho, siendo las Diez (10:00 a.m.) de la mañana, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: DUGLEINIS JOHANNA PADILLA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.691.613, de Veintiún (21) años de edad, de profesión u oficio: estudiante, domiciliada en: Calle Sucre, Casa Nº 12, Barrio La Guaricha, Mariara, estado Carabobo, teléfono: 0243-2183708, y expone: “Comparezco ante este Tribunal, porque el padre de mi niña: omite, el papá de la niña se llama: PABLO JULIO MACIAS UBARNES, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.735.400, tengo separada de él hace dos años, lo denuncie en la lopna, en fecha 17 de Febrero de 2008, no quedamos en ningún acuerdo, porque él lo que podía pasarle era la cantidad de CIENTO BOLIVARES (Bs. 100,00) mensual, porque el tenia tres hijos mas y que nadien a si sea la fiscalia o Juez lo iba a obligar a dar mas del monto que el puede dar, la niña la inscribí en el preescolar Carrusel de colores, la cual tuve que retirarla porque no tenia como comprarles las cosas que exige el preescolar, hable con el papa de la niña que me ayudara y el me dijo que no tenia dinero, cuando la niña se enferma yo soy la que tengo los gastos y no me quiere dar nada, y eso que en la lopna nos dijeron que todo era el cincuenta por ciento de los gastos los cuales él no me quiere dar nada, quiero agregar también que él en diciembre no se como le dio Seiscientos Bolívares para los gastos de navidad, y me dijo que los rindiera porque no tenia mas dinero, desde que nació la niña él nunca ha estado pendiente de ella, ni la visita, ella no tiene el amor de su papa porque no lo ve casi, el papa de la niña ni se acuerda de su cumpleaños, ni del día de niño ni de nada, por eso vengo a este Tribunal para que citen al padre de mi niña Ciudadano: PABLO JULIO MACIAS UBARNES, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.691.400, el vive en Avenida Ínter comunal Turmero, Sector la Casona, Casa Nº 02, Edificio Azul Nº 08 Piso Nº 01, Apartamento 6-5, Maracay Estado Aragua. Teléfono de celular es 0414-461.1801. El esta trabajando en la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A Barrio Brisas del Lago, de de Maracay Estado Aragua, teléfonos: 0243-551.6811, es el Sindicalista, donde pido se le lleve la citación, también tiene una asociación con sus hermano de una pollera, y tiene una carpintería, deseo consignar ante este Tribunal Copia Fotostática del Acta levantada en la Lopna, partida de nacimiento de la Niña, copias de las cedulas de identidad. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana DUGLEINIS JOHANNA PADILLA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.691.613. Se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano: PABLO JULIO MACIAS UBARNES, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.691.400, domiciliado en el vive en Avenida Ínter-comunal Turmero, Sector la Casona, Casa Nº 02, Edificio Azul Nº 08 Piso Nº 01, Apartamento 6-5, Maracay Estado Aragua. Teléfono de celular es 0414-461.1801. su lugar de trabajando es en la empresa COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A. Barrio Brisas del Lago, de de Maracay Estado Aragua, teléfonos: 0243-551.6811, donde pide se cite. de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 10:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, Copia Fotostática del Acta levantada en la Lopna, partida de nacimiento de la Niña y copia de la cedula de identidad. Líbrese Boleta de Citación y Oficios. Abrase el correspondiente Cuaderno de Medidas.

El Juez Titular,


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

La Compareciente



DUGLEINIS JOHANNA PADILLA RODRIGUEZ

El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.

En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 774-09. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-253-09, al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-254-09 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad.

El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA




Alguacil




EXP. Nº 774-09
ALA/JTTP/Ariela