REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

En horas de Despacho del día de hoy, 26 de Febrero de 2009, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: ROSALYN ZAIBETH CASTAÑEDA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.049.444, de treinta y uno (31) años de edad, domiciliada en: Barrio Guamacho Norte, Calle diego Ibarra, Casa N° 6-1, Mariara Estado Carabobo, teléfonos: 0426-8321984 y expone: “Cuando mi niño OMITE, tenia tres meses de nacido, el padre de él, ciudadano CARLOS ALBERTO NUNES, titular de la Cedula de identidad N° 11.917.940 y yo llegamos a un acuerdo, por ante la Lopnna, de que él me iba a dar cien mil bolívares quincenal, es decir cincuenta mil bolívares semanal, el ha cumplido, pero el niño tiene ya dos años y sufre de problemas gástricos y tiene dieta especial, esos cien mil bolívares que él me da quincenal no me alcanzan para cumplir con la dieta de mi hijo. Él padre de mi hijo lo tiene asegurado en el seguro social, pero cada vez que yo le doy las facturas de los medicamentos para que los ingrese en el seguro él no lo hace porque piensa que las facturas son falsas. Yo lo que quiero es que el aumente la obligación de manutención y cubra los gastos médicos de mi hijo, el ciudadano CARLOS ALBERTO NUNES, trabaja en la empresa TAUREL, es una empresa de importación y exportación aduanal, y gana aproximadamente dos mil bolívares, por eso es que solicitó aumente la pensión de manutención de mi hijo. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana ROSALYN ZAIBETH CASTAÑEDA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.049.444, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano CARLOS ALBERTO NUNES, titular de la Cedula de identidad N° 11.917.940, en la siguiente dirección: Barrio La Haciendita, Calle Mariño, Casa N° 11 Mariara Estado Carabobo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 09:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), el Oficio de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, copia simple de expediente emanado del Consejo de Protección del Municipio, y copia simple de la partida de nacimiento del niño. Líbrese Boleta de Citación y Oficio.
El Juez Titular,

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Compareciente

ROSALYN ZAIBETH CASTAÑEDA FLORES
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 773-09. Se libró Boleta de Citación, se libró Oficio Nº. 22-107-44- 245-09, al Fiscal Superior del Ministerio Público y Nº. 22-107-44- 246-09, a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara Estado Carabobo




El Secretario Titular

Alguacil





EXP. Nº 773-09
ALA/JTTP/yuri