República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

En el día de hoy, 11 de febrero de 2009, siendo las 3:30 de la tarde, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, con la finalidad de cumplir la Comisión Nro. 3.157, en compañía de la parte actora abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.036, en el inmueble objeto de la medida constituido por una casa quinta, ubicada en la Urbanización El Viñedo, Calle 138-A, Nro. 101-31, Jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo. Acto seguido la parte actora, abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.036, expone: Por cuanto el inmueble se encuentra cerrado, solicito al tribunal designe cerrajero a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal procede a efectuar los toques de ley, y al no obtener respuesta designa cerrajero judicial al ciudadano RICHARD GARCÍA, venezolano y titular de la cedula de identidad Nro. 11.349.760, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Seguidamente el Tribunal con la finalidad de darle cumplimiento a la comisión emanada del Juzgado Séptimo de los Municipios de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro.1218, y encontrándose dentro del inmueble deja constancia que efectivamente el inmueble se encuentra totalmente desocupado, libre de bienes y de personas, en estado de abandono, puertas dañadas, cocina deteriorada, piezas de baños sucias y deterioradas, cerámica deteriorada, sin lámparas. Seguidamente la parte actora, abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.036, expone: Solicito al Tribunal me haga ENTREGA MATERIAL, del inmueble objeto de la medida constituido por una casa quinta, ubicada en la Urbanización El Viñedo, Calle 138-A, Nro. 101-31, Jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace ENTREGA MATERIAL del inmueble objeto de la medida, constituido por una casa quinta, ubicada en la Urbanización El Viñedo, Calle 138-A, Nro. 101-31, Jurisdicción de la Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo, a la parte actora representada en este acto por la abogada LUISA ELENA LORETO, tal y como fue acordado por el


Tribunal de la causa. Acto seguido la parte actora, abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.036, expone: Solicito al Tribunal designe experto fotográfico a los fines de dejar constancia de las condiciones en que se encuentra el inmueble. Acto seguido el Tribunal designa experto fotográfico al ciudadano JESUS GARCIA, venezolano y titular de la cedula de identidad Nro.5.480.302, el cual presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Acto seguido la parte actora, abogada en ejercicio LUISA ELENA LORETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.036, expone: Me reservo el derecho a señalar bienes propiedad de los demandados ciudadanos Stefan Osinski Cehil y Victoriano Osinski Cehil, para ser Embargados Ejecutivamente. Seguidamente el tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías constitucionales de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 4:30 del tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.