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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-
 
 Valencia, 03 febrero 2009
 Años: 198º y 149º
 
 Expediente Nº 12.159
 
 Vista la diligencia presentada el 22 enero 2009 por la abogada DAMIANA MARISELA RODRIGUEZ, cédula de identidad V-7.168.717, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 55.553, con carácter de apoderada judicial de TRANSPORTE FATIMA, C.A., mediante la cual expone “DESISTO de procedimiento y de la acción, del presente Recurso de Nulidad del Acto Administrativo, emanado de la Inspectoría del Trabajo de los Municipio Puerto Cabello y Juan José Mora, del Estado Carabobo”; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante.
 
 El Juez Provisorio,
 
 
 OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
 El Secretario,
 
 
 GREGORY BOLIVAR R.
 
 
 Exp. Nº 12.159
 OLU/Yasneidymc
 Diarizado Nº_____
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