REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, Veinte (20) de Enero de dos mil nueve
198º y 149º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-002231
PARTE ACTORA: ADISSON ARMANDO CONTRERAS, JAVIER ALEXANDER PEÑA, JOSE ANTONIO DIAZ, ANDUIZ LEONEL COLINA PERALTA, DANY DANIEL MEDINA RODRIGUEZ, FELIPE YSIDORO COLINA PERALTA y AMADO JOSE GUTIERREZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SANDRA VALBUENA y MILITZI NAVA
PARTE DEMANDADA: PERLAM, C.A, CUZOR C.A y EDIFICACIONES Y DESARROLLO INTREGALES 2031, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS ZAMBRANO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por la parte actora y demandada, respectivamente, mediante el cual dejan constancia de la cancelación de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales que le corresponden a los trabajadores por la prestación de servicios. En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

La Juez.,

Abg. María Eugenia Núñez Briceño

La Secretaria.,

Abg. Dayana Tovar.