REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, veintisiete (27) de enero de dos mil nueve
197º y 149º



ASUNTO: GP02-L-2008-001499


Visto el Desistimiento presentado por la Apoderada Judicial de la parte Actora, abogada Yolaimy Pineda inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.515, en fecha 26 de enero de 2009; Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA APELACION, en los términos como se estableció dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo, y en este mismo acto se ordena notificar a la Cooperativa New Services 642, R. L. en la dirección suministrada en la fecha anteriormente señalada, inserta al folio 89, en los mismos términos de la anterior notificación.

La Juez,

Abg. Adriana Márquez Valdecantos



La Secretaria


Abg. Mary Anne Muguessa H.