REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintidós de enero de dos mil nueve
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-001478
PARTE ACTORA: JORGE ALBERTO FERNANDEZ GUTIERREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: --------------------------------
PARTE DEMANDADA: JAOTOL S.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: ADRIANA LOPEZ
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL Y PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy, Veintidós ( 22 ) de Enero del 2009, siendo las 2:00 p.m., del día y hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de la abogada ADRIANA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nros. 14.383.333, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 101.498, actuando con el carácter de apoderada judicial de la demandada JAOTOL S.A., según consta en poder el cual corre agregado al expediente. Igualmente el Juez dejó constancia que la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En este acto se devuelven las pruebas a la parte demandada. Déjese copia en el archivo. Años 198 ° y 149 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. DAYANA TOVAR