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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 
 
 
 JUZGADO CUARTO  DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
 MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
 ACTUANDO EN SEDE DE CIVIL DECIDE ESTE PROCESO ASÍ
 
 
 
 SOLICITANTE:			BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO
 CEDULA DE IDENTIDAD: 		NO POSEE.
 
 
 ABOGADO APODERADA:	          SARECA C. PACHECO R.
 INPREABOGADO:			Nº  74.133
 
 MOTIVO:			INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
 
 SENTENCIA:			DEFINITIVA
 
 EXPEDIENTE Nº:		           22.092
 
 
 Se inicio el presente juicio por formal solicitud interpuesta en fecha 19 de Julio de 2007 por Distribución,  se le dio entrada en fecha 23 de Junio de 2007 y en la misma fecha se le asigno  Nº 22.092, interpuesto por la abogada SARECA C. PACHECO R., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.080.161 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 74.133, de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la  ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO, mayor de edad, sin cedula de identidad, donde solicita la Inserción de  Partida de Nacimiento en los Libros de Registro Civil del Municipio Guacara del Estado Carabobo.
 En esta misma fecha consignan constancia de presentación, emanada por INSALUD del Hospital Miguel Malpica de Guacara del estado, que riela al folio número dos (02), Constancia emanada de la Alcaldía de Guacara Dirección Municipal de Registro Civil del Municipio Guacara del estado Carabobo donde se evidencia que No aparece inserta el Acta de Nacimiento de la ciudadana  BRENDA PATRICIA en el folio número Tres (03).  Acta Original emanada del Registro Principal Civil del estado Carabobo, donde se pudo determinar que la ciudadana BRENDA PATRICIA no aparece inserto en los Libros de  registros correspondientes  en el folio número Cuatro (04),
 En fecha  14 de Agosto del 2007 se Admite la presente solicitud y se libra Oficio a la Dirección General Sectorial de Identificación y Control de Extranjería (ONIDEX) en el folio número Diez (10).
 En fecha  19 de Mayo del 2.008, comparece la ciudadana ALPA ANGEL LONDOÑO asistida por la abogada SAREVA C. PACHECO R, donde solicita al Tribunal se ordene oficiar nuevamente a la Oficina General Sectorial de Identificación y Control de Extranjería (ONIDEX)
 Con sede en Caracas, y se le nombre correo especial a la ciudadana ALPA ANGEL LONDOÑO, para que envíen la información requerida por este tribunal y así poder darle curso al juicio.
 En fecha 10 de Junio del año 2008,  el tribunal ratifica  el oficio numero 1.279, de fecha 14 de Agosto de 2.007, librado por este Juzgado, el cual su contenido es el siguiente: “De conformidad con el articulo 59 de la Ley Orgánica de la Admisión Central, me dirijo a Ud.,  a fin de solicitarle la Certificación de Registro de Identificación de la ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, quien nació el día 14 de Marzo de 1.975, en el Hospital Dr. Miguel Malpica de Guacara, estado Carabobo, y quien es hija de la ciudadana ALPA ANGEL LONDOÑO, a los fines de dar curso al juicio de inserción de partida de Nacimiento, que por ante este Tribunal ha sido intentado.
 En fecha 30 de Septiembre de 2008, se recibió el Oficio Nº RIIIE- 1.0501-434 de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central Departamento de Datos Filiatorios (ONIDEX) Caracas.
 En fecha 06 de Octubre del año 2.008, compareció la ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO,  asistida en este acto por la Abogada en ejercicio SAREVA PACHECO R. inscrita en el INPREABOGADO, bajo el Nº 74133, donde solicita se libre el cartel correspondiente en un diario de mayor circulación nacional  y boleta a la fiscal del Ministerio Publico en Materia de  Familia.
 En fecha  30 de Octubre de 2.008, comparecen por ante este Juzgado la ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, asistida por la Abogada en ejercicio SAREVA PACHECO R. inscrita en el INPREABOGADO, bajo el Nº 74133 y consigno Cartel publicado en el Diario El Nacional de fecha 29 de Octubre de 2.008.
 En  fecha 30 de Octubre de 2008, el tribunal acordó agregarlo a los autos.
 En fecha 24 de Noviembre del año 2.008, compareció la ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO, venezolana mayor de edad, soltera, asistida por la Abogada en ejercicio SAREVA C. PACHECO R. debidamente inscrita ene el INPREABOGADO, bajo el Nº 74.133  donde consignan Promoción de Pruebas.
 En fecha 26 de Noviembre de 2.008, este tribunal admite las pruebas promovidas.  En Vista de que no se presento oposición, de conformidad con el Articulo 771 del Código de Procedimiento Civil, la causa quedo abierta a pruebas. Y siendo esta la oportunidad para dictar Sentencia conforme a lo dispuesto en el Articulo 772 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal lo hace en base a las consideraciones siguientes: Para efectos probatorios consigno los siguientes recaudos:
 Certificación de datos de nacimientos, Tarjeta de Presentación emanada por INSALUD, certificación de Registro de los Libros de nacimiento de la Jefatura Civil de la Alcaldía del Guacara del estado Carabobo, Resultas de la Oficina Principal de Registro Civil del estado Carabobo. Constancia de NO presentación de la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guacara, Resultas de la ONIDEX y Cartel.
 En atención a lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil,  Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del  estado Carabobo, actuando de conformidad con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  declara  CON LUGAR la solicitud de inserción y en consecuencia SE  ORDENA a la Oficina de Registro Civil de la Alcaldía de  Guacara del Estado Carabobo y al Registrador  Principal del Estado Carabobo  INSERTAR,  en los libros de Registro Civil llevados por ante esas oficinas  PARTIDA DE NACIMIENTO de la  ciudadana BRENDA PATRICIA ANGEL LONDOÑO. Así se decide.
 Expídanse copias certificadas de la solicitud y de la presente Sentencia y remítanse a las Autoridades Civiles Competentes.  Líbrense Oficios.
 Publíquese, Regístrese.
 Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y  Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en Valencia, a los 29 días del mes de Enero  de 2009. Año 198º de la Independencia y 149º  de la Federación.
 LA JUEZ  TITULAR,
 
 Abg. ISABEL CRISTINA CABRERA DE URBANO.
 LA SECRETARIA.
 
 Abg. ALBA NARVAEZ RIERA.
 
 
 En la misma fecha se expidieron las respectivas copias y se libro oficios Nos.-------- y -------------  respectivamente.
 
 
 Abg. ALBA NARVÁEZ RIERA
 LA SECRETARIA
 
 
 Exp.22.092
 ICCU/zz
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