GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 26 de Enero de 2009
198° y 149°
EXPEDIENTE: Nº 55.381.-
DEMANDANTE: S. M. INVERSIONES MAXIM, C. A.
DEMANDADO: S. M. DAVCAR CARROCERIAS, C. A.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Conforme a lo ordenado en el Auto de Admisión de la Demanda en la Pieza Principal, SE ABRE el presente Cuaderno de Medidas, téngase para proveer.-
De la revisión de los autos se observa que la parte actora solicitó en el libelo se le decretara Medidas Cautelar de Secuestro sobre el bien inmueble objeto de la presente causa. El Tribunal procede a dictar su pronunciamiento al respecto para la cual procede a analizar: a.-) El Contrato de Arrendamiento; b.-) Los documentos de registro de ambas partes; de los mencionados documentos, emerge la presunción de buen derecho o “fumus boni iuris”; pero, constituyen en la intención de que los demandados siguen ocupando el inmueble habiéndose vencido el contrato de arrendamiento y la prorroga legal, además de encontrase insolventes en los cánones de arrendamientos de los meses agosto, septiembre y octubre del año 2008; sin que conste en autos material probatorio o recaudos que lo fundamenten, el peligro en la demora o “periculum in mora”; todo ello, apreciados con carácter de verosimilitud; conduce a concluir sin prejuzgar que no están cumplidos los supuestos necesarios y concurrentes para acordar las medida cautelar solicitada, exigidos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil; en virtud de lo cual se NIEGA, la cautelar solicitada. Y ASI SE DECIDE.-
LA JUEZA TITULAR,
ABOG. ROSA M. VALOR P. LA…
SECRETARIA,
ABOG. LEDYS ALIDA HERRERA.
Exp. 55.381.-
RMV/ymrb.-
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