REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 07 de enero de 2009
198º y 149º
Vista la indisponibilidad de medios técnicos requeridos para realizar la inspección fijada por este Tribunal, se acuerda de conformidad con el Articulo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras en la UEMAT Carabobo, a fin de que se sirva de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica de Poder Judicial, prestar el apoyo requerido y en tal sentido, asigne un técnico de campo con equipo GPS, a fines consiguientes. Líbrese oficio.
EL JUEZ
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez
Exp. JAP-115-2008/Acción Autónoma de tutela Cautelar Agraria