ASUNTO N°: GP21-L-2009-000308
PARTE ACTORA: DEPOSITOS INDUSTRIALES S.A. (DISA.) (NO COMPARECIÒ)
APODERADA JUDICIAL: ANA PAULA FERNANDES. (NO COMPARECIÒ)
PARTE DEMANDADA: SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA “DEPOSITOS INDUSTRIALES S.A”. (SINTRADISA.)
APODERADO JUDICIAL: YETSANA ALVAREZ
MOTIVO: DISOLUCIÒN DE SINDICATOS.

Hoy, 01 DE DICIEMBRE DE 2009, SIENDO LAS 09:00, A.M., día y hora fijada para que tenga lugar la CONTINUACIÒN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja expresa constancia de que la representación judicial de la empresa demandante, DEPOSITOS INDUSTRIALES S.A., plenamente identificada en autos, NO COMPARECIO A LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, “CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO”, Se deja constancia que en nombre de la demandada SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA “DEPOSITOS INDUSTRIALES S.A”. (SINTRADISA.), comparece su Secretario General ciudadano ASDRUBAL MARIUK GONZALEZ OSTOS, titular de la cédula de identidad Nº 10.246.275, representado por su apoderada judicial abogada: YETSANA ALVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 134.969, según instrumento poder que riela agregado al expediente. Es todo.
Publíquese y Regístrese la Presente decisión. 199° y 150°

EL JUEZ


Abogado JOSE GREGORIO KELZI


REPRESENTANTE DEL SINDICATO Y SU APODERADA




LA SECRETARIA


Abogada. DINA PRIMERA ROBERTIS