REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


Valencia, 5 de agosto de 2009
Años 199º y 150º

ASUNTO: GP01-S-2008-001420
JUEZ: ABG. ALEJANDRO CALLEJA.
INVESTIGADO: AMOS EDGARDO AVILA.
DEFENSA PÚBLICA: ABG.JUANA CAMACHO.
VICTIMA: MISLELLY CAROLINA JIMENEZ MUÑOZ.
DECISIÓN: SOLICITUD IMPROCEDENTE

Visto el escrito presentado por la defensora Publica Abg. Florimar Aranguren en representación de la defensa Publica Abg. Juana Camacho, donde solicita la aplicación de la omisión fiscal de conformidad con lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Este Tribunal para decidir observa de la revisión exhaustiva de la presente actuación, así como de la revisión del sistema Juris 2000 llevado por este Tribunal que la causa signada con el No. GP01-S-2008-1420, en fecha 27-02-2.009, se dicto decisión donde Acuerda el Cese de toda medida de coerción impuesta el ciudadano AMOS EDGARDO AVILA, en virtud del Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público del Estado Carabobo, es por lo que este Juzgador estima que lo ajustado a derecho es DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud realizada. Y ASÍ SE DECIDE.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud realizada por la defensa, en virtud de que en fecha 27-02-2.009, este Tribunal dicto decisión donde Acuerda el Cese de toda medida de coerción impuesta el ciudadano AMOS EDGARDO AVILA, en virtud del Archivo Fiscal decretado por el Ministerio Público del Estado Carabobo. Notifíquese a las partes. Diarícese, publíquese y regístrese. CÚMPLASE.


Abg. Alejandro Calleja
Jueza Segundo (Temporal) de Primera Instancia
en Función de Control Audiencia y Medidas

Abg. María G. Ramírez M.
La Secretaria