REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO
Valencia, 06 de agosto de 2009
199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-1025
PARTE ACTORA: LUIYIS BENITES titular de la cédula de identidad Nº V- 13.493.440 (NO COMPARECIÓ)
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: No Compareció.
PARTE DEMANDADA: COMPLEJO TURISTICO HOTEL EJECUTIVO DON JULIAN C.A.
ABOGADO REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: No Compareció
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día de hoy, (06) de agosto de 2009, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, dejándose expresa constancia que las partes intervinientes en la presente causa no comparecieron ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, así mismo se deja constancia que la abogada DULCE GUEVARA inpreabogado Nº 41.575, se hizo presente para asistir al representante de la parte demandada. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de las partes declara DESISTIDA la presente causa, y da por terminado el proceso; homologando el mismo, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las once y diez de la mañana (11:10 a.m.) del día de hoy, (06) trece de agosto de 2009. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.-

ABOGADO COMPARECIENTE

LA SECRETARIA,
MARY ANNE MUGUESSA H.