PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 07 de Abril del año dos mil nueve
198º y 150º


SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-002230
PARTE ACTORA: MARTIN ALEXANDER MEZA SILVA, ALPIDIO LABRADOR PEREZ Y EULICER ANTONIO JIMENEZ ARIAS
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE VICTOR JULIO, C. A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada en fecha 02 de abril de 2009 y que riela al folio 39 en la que claramente se constata el Desistimiento hecho por uno de los Actores en este proceso, ciudadano ALPIDIO LABRADOR PEREZ cédula de Identidad N° 14.184.333, asistido por la abogada NADIUSKA LIZARRAGA ORTIZ Inpreabogado N° 106.066, este Tribunal considera DESISTIDO el Procedimiento y Terminado el Proceso SOLO respecto al ciudadano recién mencionado en la presente causa contra la empresa TRANSPORTE VICTOR JULIO, C. A. Continúa su curso por ante este Tribunal, que corresponda la presente causa con respecto a los otros ciudadanos como son MARTIN ALEXANDER MEZA SILVA Y EULICER ANTONIO JIMENEZ ARIAS, tal y como se venía realizando. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento por parte de uno de los Demandantes no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los siete (07) días del mes de abril del año 2009, Años 198° y 150°.
LA JUEZ,

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.


LA SECRETARIA,

Abg. AMARILYS MIESES MIESES.