REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 27 de Abril de 2009
198º y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Desistimiento del Procedimiento

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000286.
PARTE CO-DEMANDANTE: SEUDY AYARY GAMEZ GRIMA.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN CILIBERTO.
PARTE DEMANDADA: HOTEL TACARIGUA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JESÚS JAVIER VELÁSQUEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento por la parte co-demandante SEUDY AYARY GAMEZ GRIMA, titular de la cédula de identidad No.18.748.382, debidamente asistida de abogado (folio 31), no es contrario a derecho, es por lo que este JUZGADO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, da por concluido el procedimiento en lo que respecta a la ciudadana SEUDY AYARY GAMEZ GRIMA, ya identificada en su carácter de co-demandante de la demanda incoada contra la empresa INVERSIONES MOBILIARIAS FULL INVESTMENT, C.A. por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público. En consecuencia, se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 198° y 150°.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
EL SECRETARIO.

En igual fecha se publico la presente sentencia.

EL SECRETARIO.