REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRANSITO Y DE PROTECIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 20 de abril de 2.009
Exp. Nº 10.086.- 199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 16 de abril de 2009, suscrita por la abogada JOHANNA CHIVICO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.775, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, en la cual anuncia recurso de casación, contra la sentencia dictada por este Juzgado el 26 de marzo de 2.009.
Para decidir el Tribunal deja constancia que el lapso de diez (10) días de despacho, fijado en fecha 17 de marzo de 2009, para dictar sentencia, venció el día 26 de marzo de 2009; es decir, que la referida sentencia fue publicada dentro del lapso legal; por lo que desde esa fecha, exclusive, hasta el 17 de abril de 2.009, inclusive, transcurrieron los diez (10) días de despacho en este Tribunal, para anunciar el recurso de casación, y siendo hoy el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, es por lo que este Tribunal ADMITE el anuncio del presente Recurso de Casación, Y ASÍ SE DECIDE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha.
Remítase el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese y déjese copia.
El Juez Titular,

Abog. FRANCISCO JIMENEZ DELGADO
La Secretaria,

MILAGROS GONZALEZ MORENO
En la misma fecha, se remite constante de 2 Piezas, la Pieza No. 1, constante de doscientos cincuenta y seis (256) folios útiles, y La Pieza No. 2, constante de doscientos ochenta y nueve (289) folios útiles, mediante Oficio N°_119/09.-
La Secretaria,

MILAGROS GONZALEZ MORENO