REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 14 de Abril de 2009
198º y 150º

AUTO. ACUERDA NOTIFICAR DEFENSORA PÚBLICA AGRARIO.

Por recibido oficio Nº DP-COR-1255-09, de fecha 14 de Abril de 2009, proveniente de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del Estado Carabobo, mediante el cual se designa a la abogada ANA BUSTOS, Defensora Pública Agraria Primera, a fin de que asista a los sucesores desconocidos, en la causa signada con el Nº JS-47864-50 en el juicio por PARTICIÓN DE HERENCIA. Agréguese a los autos correspondientes. Notifíquese mediante boleta a la defensora designada, abogada ANA BUSTOS para que comparezca al segundo (2º) día de despacho siguiente al de hoy, una vez conste en autos su notificación, a fin de que exprese su aceptación o excusa, y en el primero de los casos asista a la juramentación de ley. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 232 del Código de Procedimiento Civil . Líbrese boleta.

EL JUEZ
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libraron las respectivas boletas de notificación.


El Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra Pérez










EXP- JS-47864-50/ PARTICIÓN DE HERENCIA.
JDUA/VPP/sm.-


Artículo 232 del Código de Procedimiento Civil: Si transcurriere el lapso fijado en el edicto para la comparecencia, sin verificarse ésta, el Tribunal nombrará un defensor de los desconocidos, con quien se entenderá la citación; hasta que según la ley cese su encargo.