REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 2 de abril de 2009
198º y 150º
N° De Expediente: Gp02-L-2008-001467
Parte Actora: José Cadenas, titular de la cédula de identidad V- 8.165.205
Abogado Apoderado De La Parte Actora: Luis Felipe Sánchez inpreabogado 3.920.770.
Parte Demandada: Cervecería Polar, C.A. (Planta Metalgrafica).
Abogado De La Parte Demandada: Rosa Elena Martínez de Silva, Maria Elena Páez-Pumar, Luis Silva y Rubén Pimentel Inpreabogado Nº 15.071, 39.320, 61.184 y 118.305 respectivamente.
Motivo: Accidente de Trabajo
En el día de hoy (02) de abril de 2009, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA REANUDACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, compareciendo a la misma el apoderado del trabajador Abg. Luis Felipe Sánchez, inpreabogado 48.970, y por la demandada Cervecería Polar, C.A. (Planta Metalgrafica), compareció su apoderada judicial Abg. Maria Elena Páez-Pumar, Inpreabogado Nº 39.320. El Trabajador y su apoderado exponen: después de minucioso análisis llega a la convicción que lo más conveniente es desistir en este acto del procedimiento incoado. Es todo. Este Tribunal luego de haber escuchado la exposición realizada por la apoderada actora da por terminado el proceso; homologando el desistimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial. Dejándose constancia que las pruebas aportadas en la audiencia primigenia son devueltas en este mismo acto. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.) del día de hoy, (02) de abril de 2009. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS
EL TRABAJADOR Y SU APODERADO
LA APODERADA DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
MARY ANNE MUGUESSA H.
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