REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticinco de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S -2007-000826
PARTE ACTORA: YDA HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:----------------------------------------
PARTE DEMANDADA: FUNDACION CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD )
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JOSE MARIA DUNO
MOTIVO: BENEFICIOS SOCIALES


En el día de hoy, veinticinco (25) de Septiembre del 2008, día y hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, compareció a la misma, el abogado JOSE MARIA DUNO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 34.836, actuando como apoderado judicial de la demandada FUNDACION CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD ), tal como consta en el poder el cual corre inserto a los folios 26, 27 y 28 del expediente. Seguidamente el Juez deja constancia de la INCOMPARECENCIA, a la prolongación de la Audiencia de la Parte Actora, YDA HERNANDEZ, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 198 ° y 149 °.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA.

ABG. DAYANA TOVAR