REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA

…PUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. PODER JUDICIAL. JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Miranda, 19 de SEPTIEMBRE de 2.008
Años: 198° y 149°

Visto la causa procedente del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, por DECLINATORIA DE COMPETENCIA, contentiva de la solicitud de AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN formulada por la ciudadana LISSETTE AMERICA RIOS SALCEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.528.863, en beneficio del Niño LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ RIOS en contra del ciudadano FELIX RAMÓN RODRÍGUEZ CORRO; este Tribunal se declara COMPETENTE para su conocimiento, en razón de desprenderse de autos que el Niño beneficiario se encuentra domiciliado en esta localidad. En consecuencia, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho la acción intentada y se ordena la citación del ciudadano FELIX RAMON RODRÍGUEZ CORRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.278.911, con domicilio laboral en la empresa denominada JAPÓN GAS, del Municipio Nirgua del Estado yaracuy, para que comparezca ante este Tribunal al TERCER DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE a que conste en autos su citación, a las 10:30 a.m., a los fines de que tenga lugar un ACTO CONCILIATORIO entre las partes, caso contrario deberá dar contestación a la presente solicitud de Aumento, conforme el procedimiento previsto en los artículos 514 y 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente, se ordena solicitar de la Empresa JAPON GAS, información sobre el salario actual y demás remuneraciones devengadas por el demandado de autos. Particípese de la presente solicitud de Aumento de Obligación de Manutención al Fiscal del Ministerio Público en materia Civil y de Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Para la práctica de la citación, se ordena librar EXHORTO al Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a quien se le deberá remitir la respectiva Boleta de Citación, junto con copia certificada de la solicitud de aumento. Líbrese Boleta de Citación y remítase con oficio al mencionado Juzgado. Líbrense Oficios. Cúmplase.-
La Juez,

CARMEN V LATOUCHE DE H.
El Secretario,

DAVID ELIEZER LEGÓN A.