REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 30 de septiembre de 2008
198º y 149º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 25.215
MOTIVO: DECLARACION DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE (S): LUIS GERARDO TORREALBA ALBORNOZ, LUIS
ENRIQUE TORREALBA ALBORNOZ Y OTROS
En relación a la solicitud de fecha 30 de julio del año 2008, suscrita por los ciudadanos LUIS GERARDO TORREALBA ALBORNOZ, LUIS ENRIQUE TORREALBA ALBORNOZ, LUIS AUGUSTO TORRES, KIMRBERLY ROSA DEL VALLE TORRES y WILLMER ALBERTO BLANCO BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-17.603.864, V-17.681.669, V-16.087.610, V-16.087.609 y V-15.820.884, respectivamente y de este domicilio, excepto los dos últimos domiciliados en Caracas, en su condición de hijos, donde solicita junto con su hermana ADRIANA VERONICA TONITO CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-16.050.771, sean declarados como ”ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus GUADALUPE CRUZ CARMONA ROSARIO, quien falleció ab-intestato, el día 20 de septiembre del año 1992. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo, el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos LUIS RAFAEL TONITO CARMONA y ADRIANA VERONICA TONITO CARMONA, antes identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto GUADALUPE CRUZ CARMONA ROSARIO, quien falleció ab-intestato, el día 20 de septiembre del año 1992, según acta N°. 24, de fecha 21 de septiembre del año 1992. Y sí se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. En Valencia, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del año dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Provisorio,
(fdo)
Abg. Santiago Restrepo Pérez.
La Secretaria,
(fdo)
Abg. Nancy Molina.
En la misma fecha siendo la 1:00 p.m., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaria,
(fdo)
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