REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


Valencia, 26 de septiembre de 2008
Años 198º y 149º

ASUNTO: GP01-S-2008-001136
Juez: Abg. Nancy Godoy L.
Fiscal 27º (A) del Ministerio Público. Abg. Mary Pérez.
Victima: Judith Fontarba Basora
Investigado: Henrry Reyes Mora
Decisión: Medida de Protección y Seguridad

Corresponde a este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas, con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 100 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, fundamentar la Medida de Protección y Seguridad solicitada por el Ministerio Público en escrito presentado en fecha 23 de septiembre de 2008 a favor de la ciudadana Judith Fontarba Basora, titular de la Cédula de Identidad No. 7.133.761, en los siguientes términos:

PRIMERO: Se recibe de la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público del Estado Carabobo escrito en fecha 23 de septiembre de 2008, mediante el cual solicita se imponga a favor de la ciudadana Judith Fontarba Basora, la Medida de Protección y Seguridad, de retirar sus enseres personales y se le preste el apoyo policial necesario conforme a lo dispuesto en el artículo 92, ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ya que la ciudadana victima ha manifestado que es ella quien se retira de la residencia y el ciudadano Henry Reyes no deja que ella retire sus pertenencias.

SEGUNDO: Riela a los folios catorce (14), Hoja de Audiencia suscrita por la ciudadana Judith Fontarba Basora, de fecha 23-09-08, donde expuso:
“…para entregar un oficio el cual el ciudadano Henrry Reyes rechazó…se negó voluntariamente a cumplir y salió gritando y ofendiendo, y diciendo que para su casa nadie entra y cerró la puerta…”

TERCERO: Consta en las actuaciones al folio trece (13), Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el Fiscal 27º del Ministerio Público del Estado Carabobo, de fecha 31 de marzo de 2.008, mediante el cual le imponen al ciudadano HENRRY REYES, titular de la Cédula de Identidad No. 7.133.694, las medidas contenidas en el artículo 87, numeral 3, 4, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

De la revisión exhaustiva de la presente actuación este Tribunal considera que se desprende de las actas procesales y de las diligencias efectuadas por la víctima, que existen elementos que hacen sospechar que la persona señalada por la mujer víctima es el presunto agresor, ciudadano HENRRY REYES, quien ha sido impuesto de las medidas contenidas en los artículos antes mencionados por parte de la Fiscalía 27º del Ministerio Público del Estado Carabobo, por lo que lo ajustado a derecho es DECLARAR CON LUGAR la solicitud formulada por el Representante del Ministerio Público, es por lo que este Tribunal ACUERDA oficiar a la Policía Municipal de Naguanagua, a los fines de que asista a la ciudadana Judith Fontarba Basora y la acompañe hasta la dirección del presunto agresor ciudadano HENRRY REYES, ubicada en el Barrio Lorenzo Fernández calle Infante, Casa No. 08, Municipio Naguanagua del estado Carabobo, de conformidad con lo consagrado en el artículo 92, ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Este Juzgado basa su decisión en el criterio doctrinal que parte de reconocer que la exclusiva naturaleza de los delitos de género, su configuración, y en especial el de la violencia doméstica, son tan especiales que con dificultad podrían encuadrarse en la concepción tradicional de las pruebas directas, por lo que en el caso concreto quien aquí decide considera que lo importante es asegurar la tutela del objeto jurídico protegido por la norma, esto es, la integridad física y emocional de la mujer víctima.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por el Representante del Ministerio Público, en relación a la investigación seguida en contra del presunto agresor ciudadano HENRRY REYES, y en consecuencia ACUERDA la medida consagrada en el artículo 92, ordinal 8º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Comandante de la Policía Municipal de Naguanagua. Diarícese, publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. CÚMPLASE.


Abg. Nancy Godoy
Jueza Segunda de Primera Instancia
en Función de Control Audiencia y Medidas

Abg. Alejandro Calleja.
El Secretario
ASUNTO: GP01-S-2008-001136
Hora de Emisión: 3:16 PM