REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


Valencia, 23 de septiembre de 2008
Años 198º y 149º

ASUNTO: GP01-P-2006-001925

Visto el contenido del Acta suscrita en fecha 18-09-2.008, este Tribunal pasa a motivar la decisión tomada, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Para decidir este Tribunal observa:

PRIMERO: En fecha 02-02-2.006 el Tribunal Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, celebró Audiencia Especial de Presentación al imputado JUAN CARLOS TORREALBA SEQUERA, donde se precalificó el hecho cometido como Violencia Física, se le decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 256, ordinales 3, 7 y 9 . Así mismo, conforme a lo solicitado por la defensa, se ordena el ingreso del imputado JUAN CARLOS TORREALBA SEQUERA, al Centro Hogares Crea para su rehabilitación.
SEGUNDO: En fecha 27-06-2007, se recibe de la Fiscalía 22° del Ministerio Público del Estado Carabobo escrito acusatorio en contra del ciudadano Juan Carlos Torrealba Sequera, por el delito de Violencia Física.
TERCERO: En fecha 23-07-2007, como consta al folio veintidós (22) de la presnte actuación, se levantó acta de diferimiento de audiencia preliminar la cual quedó fijada para el día 22 de Noviembre de 2007 a las 10:00 horas de la mañana, dejándose constancia que se encontraba presente la Representante del Ministerio Público y la Defensora Pública, no así el imputado de autos.
CUARTO: En fecha 02-04-2.008, como consta al folio treinta y ocho (38) de la presente actuación, se levantó acta de Diferimiento de Audiencia Preliminar, y se dejó constancia que se encontraba presente la Fiscal y la defensa Pública, ahora bien por cuanto no comparecieron ni el imputado ni la Víctima, acordando notificarles que se fijó nuevamente la audiencia para el día 18-09-2008, a las 11:00 a.m.
QUINTO: En fecha 18-09-2.008 se dejó constancia que asistieron las victimas GRABIELA TORREALBA y WILFREDO TORREALBA, en compañía de su representante legal ciudadana Blanca Sequera, titular de la cedula de identidad No. V- 6.175.328, manifestando que su hijo JUAN CARLOS TORREALBA, acusado en la presente causa, no se encuentra internado en el centro de rehabilitación Papá Simón, que le había avisado para que compareciera a la audiencia, que continua consumiendo drogas y que no sabe por qué no asistió.
Ahora bien, visto que el ciudadano JUAN CARLOS TORREALBA no se ha presentado en reiteradas ocasiones a la celebración de la Audiencia Preliminar, siendo estas incomparecencias injustificadas hasta el presente, es por lo que esta Juzgadora considera que lo ajustado a derecho es REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD acordada al imputado de autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 2º, y en consecuencia ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA al ciudadano JUAN CARLOS TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.867789, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá ser puesto a la orden de este Despacho una vez capturado. Y así se decide.

DECISIÓN

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano JUAN CARLOS TORREALBA, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.867789, de conformidad con el contenido de los artículos 250 y 251 ejusdem. Ofíciese a los organismos competentes a objeto de materializar su detención y una vez ocurrida ésta sea puesto a la orden de este Tribunal. Notifíquese a las partes. Déjese copia. Cúmplase.


Abg. Nancy Godoy
La Jueza Segunda en Funciones de
Control Audiencia y Medidas
Abg. Alejandro Calleja
El Secretario

ASUNTO: GP01-P-2006-001925
Hora de Emisión: 3:22 PM