REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


Valencia, 2 de septiembre de 2008
Años 198º y 149º

ASUNTO: GP01-S-2008-000773

Visto el contenido de la Audiencia celebrada en esta misma fecha donde la Vindicta Pública, Abogado Arabella Morales, en su carácter de Fiscal Trigésima del Ministerio Público del Estado Carabobo, solicita MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano ALEXIS VENANCIO RAMOS GÓMEZ, Indocumentado, por la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y visto que el referido ciudadano manifiesta ser adolescente, cuenta con 17 años de edad, este Tribunal pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

PRIMERO: Este Tribunal observa que la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente dispone en el artículo 2 lo siguiente:
“…Si existieren dudas acerca de si una persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le presumirá adolescente, hasta prueba en contrario...”

Asimismo, la citada ley en el Artículo 526 define el sistema penal de responsabilidad del adolescente como sigue:
“…El sistema penal de responsabilidad del adolescente es el conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente por los hechos punibles en los cuales incurran, así como de la aplicación y control de las sanciones…”
SEGUNDO: Por otro lado, el Código Orgánico Procesal Penal dispone:

“…Art. 76. Minoridad: Cuando en la comisión de un hecho punible aparezca que alguno de los partícipes es inimputable por ser menor de edad, la competencia para conocer respecto de éste, corresponderá a los jueces que señale la legislación especial; el Juez que así lo decida ordenará la remisión de las actuaciones que correspondan al tribunal competente…”
TERCERO: La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Capítulo VIII, disposiciones Comunes, establece en relación a la Supletoriedad y Complementariedad de Normas como sigue:

“…Art. 64. Se aplicarán supletoriamente las disposiciones del Código Penal y Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto no se opongan a las aquí previstas…”

La representación Fiscal pone a la disposición de este Tribunal al ciudadano ALEXIS VENANCIO RAMOS GÓMEZ, indocumentado, por la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y el mismo manifiesta que es menor de dieciocho años, es por lo que este Tribunal tomando en consideración lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en concordancia con el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, considera que lo ajustado a derecho es DECLINAR LA COMPETENCIA en los Tribunales de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de control Audiencia y Medidas, con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA DE LA CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO ALEXIS VENANCIO RAMOS GÓMEZ EN EL TRIBUNAL DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL ORDINARIO DEL ESTADO CARABOBO, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y en concordancia con el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Déjese Copia. Remítanse las presentes actuaciones.


Abg. Nancy Godoy.
Jueza Segundo de Primera Instancia
en Funciones de Control Audiencia y Medidas

El Secretario

Abg. Alejandro Calleja.

ASUNTO: GP01-S-2008-000773
Hora de Emisión: 5:57 PM