REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 25 de Septiembre de 2008
198º y 149º
Hecha la revisión de las actas que conforman el presente expediente y visto que a la presente fecha, no consta en autos las resultas de las pruebas de informe acordada y solicitada mediante oficios Nos. 155/2008 y 156/2008, éste tribunal a fin de garantizar el principio de impulso procesal establecido en el articulo 14 del Código de Procedimiento Civil y de conformidad con la facultad contenida en el articulo 201 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, acuerda oficiar nuevamente al Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con el objeto de que éste se sirva evacuar la referida prueba, facultándole expresamente a realizar cualesquiera actuaciones estime conducentes conforme a la ley para evacuar y enviar las resultas correspondientes.
El Juez
Abg. José Daniel Useche
EL Secretario Accidental
Abg. Viandro Parra
Asunto Nº JAP-94-2008/ACCION POSESORIA AGRARIA