JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 29 de Septiembre de 2008
198° y 149°

Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana HEILYN JANTEH RAMIREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad número V-14.039.634, de este domicilio, debidamente asistida de la Abogada ZENALY FLORES, titular de la cédula de identidad número V- 12.339.302, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 111.256. Désele entrada asígnesele numero, anótese en el Libro respectivo. En consecuencia por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley. Se ADMÍTE cuanto a lugar en derecho la presente solicitud contentiva CURADOR AD-HOC (CIVIL) solicitado, para la niña Omite, quien cuenta en la actualidad con cinco (05) años, se designa como tal, a la Tia Materna, ciudadana: HEINY DESIREE RAMIREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-13.780.231 domiciliada en: Conjunto Residencia Mariara, Edificio Tamarindo, Torre 04, apartamento N° 1407, piso 3, del Municipio Diego Ibarra del estado Carabobo.- a quien el Tribunal ordena su Notificación, a los fines de dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, a prestar el juramento de ley correspondiente. Líbrese Boleta de notificación.
EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
EL SECRETARIO TITULAR,

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se le dio entrada bajo el N° 1214-08 y se libró Boleta de notificación.
EL SECRETARIO TITULAR,

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

SOL N°1214-08
ALA/JPPT/Ariela