REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS
VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia 31 Octubre de 2008.
]9 1490
DEMANDANTE: Abogado HERMES JESUS ABREU LUZARDO.
DEMANDADA: FRANKLIN CARREÑO TORTOLERO
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
EXP N° 1285.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFLVITIVA.
En fecha 28 de FEBRERO de 2008, se recibe en este Juzgado, escrito de demanda incoada por el abogado HERMES JESUS ABREU LUZARDO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N0 54.782, contra el ciudadano FRANKLIN CARREÑO TORTOLERO, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Dicha demanda fue admitida en fecha 13 de Marzo de 2008. En fecha 30 de Octubre el Abogado actor, presentó diligencia desistiendo del procedimiento en la presente causa. Examinado el acto de auto composición procesal, se observa que se ha realizado conforme a la Ley y por cuanto no es contraria al orden público ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY le imparte su aprobación y la homologa, otorgándole el carácter de cosa juzgada. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Valencia a los treinta y un (31) días del mes de Octubre de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez Suplente Especial
Abg. Edgardo Páez Salazar.
La Secretara,
Abg. Ynés Brazón González.