JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia 21 de Octubre de 2008
198° y 149°
Pretende la actora Sociedad de Garantías Reciprocas para la Mediana y Pequeña Empresa del Estado Carabobo, S.A. (SRG Carabobo, S.A) el reintegro de una suma de dinero pagada en su carácter de fiadora y principal pagadora de un crédito otorgado por Banorte Banco Comercial, C.A., a Yemilet Morelba Parra Carrillo, por la vía del Procedimiento De Intimación previsto en el articulo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
La parte actora no acompaña al libelo la prueba escrita del derecho que alega, no constando en el expediente la prueba de la obligación principal y el de la fianza consta en copia fotostática simple de un instrumental privado, razón por la que, con fundamento en los articulo 643 y 644 del Código de Procedimiento Civil, considera este juzgado que el procedimiento elegido por el solicitante es inadmisible, y así se declara.

El Juez Suplente Especial
Abg. EDGARDO PAEZ SALAZAR,
La Secretaria
Abg. YNES BRAZON GONZALEZ.