REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 22 de Octubre de 2008
198º y 149º
DEMANDANTE: SONIA MARITZA TORRES ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular e la cedula de identidad Nº V-5.384.820, de este domicilio. Asistida por los abogados FREDI GRILLET VASQUEZ y ALBERTO RAFAEL CASTILLO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 84.293 y 14.022 respectivamente y en el orden señalado y de este domicilio.

DEMANDADO: MONICA ESTELA ZAPATA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.935.965, y de este domicilio. Asistida por la Abogado CLARIBEL GALEA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 106.200, de este domicilio.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.-
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.

En fecha primero 01 de Octubre de 2008, el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se trasladó a un inmueble conformado por una casa distinguida con el Nº V-20, ubicada en la Manzana cuatro (04) de la Urbanización Lomas de Funval Parroquia Miguel Peña, Jurisdicción del Municipio Valencia, Estado Carabobo, con el fin de practicar la medida de Secuestro decretada por este Juzgado en fecha 29 de Julio del año en curso, con ocasión del juicio incoado por SONIA MARITZA TORRES ACOSTA Asistida por los abogados FREDI GRILLET VASQUEZ y ALBERTO RAFAEL CASTILLO, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 84.293 y 14.022 respectivamente y en el orden señalado y de este domicilio, contra MONICA ESTELA ZAPATA RODRIGUEZ por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, oportunidad en que la demandada de autos ciudadana MONICA ESTELA ZAPATA RODRIGUEZ, asistida de la abogada CLARIBEL GALEA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 106.200, de este domicilio, llegaron a un convenimiento el cual se rige de la siguiente manera: La demandada conviene en la demanda en todas y cada una de sus partes, en hacerle entrega del inmueble libre de



bienes y personas el día 06 de Octubre de 2008, y solicita de la parte actora, le conceda un plazo para hacer entrega del inmueble. La parte demandante ciudadana SONIA MARITZA TORRES ACOSTA, asistida por el abogado ALBERTO RAFAEL CASTILLO, por su parte, expuso: “Acepto el convenimiento expuesto por la parte demandada en cada uno de los términos planteado” y concede el plazo solicitado. Ambas partes solicitan del Tribunal de la causa, homologue el convenimiento y otorgue el carácter de cosa juzgada.
Examinado el acto de AUTOCOMPOSICION PROCESAL, celebrado entre las partes, se observa que se ha realizado de conformidad con ley procesal; y por cuanto no es contrario al orden público y además se verificó en la oportunidad permitida por la ley, lo que conduce a este Tribunal, fundamentado en el Código de Procedimiento Civil, a declarar la procedencia y a impartir la HOMOLOGACION respectiva. Así se decide.
En mérito de los antes expuesto, este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, le imparte su aprobación a la solicitud del CONVENIMIENTO, lo homologa y lo tiene como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Regístrese y publíquese la anterior decisión y déjese copia de la misma en el archivo del Tribunal.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los veintidós (22) días del mes de Octubre del dos mil ocho. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Provisorio

Abg. ANNABELLA GARCIA QUINTANA.
La Secretaria Temporal,

Abg. NANCY REA ROMERO,

En la misma fecha se dictó la anterior decisión, se publicó la misma a la 2:00 de la tarde de este mismo día, se archivó la copia respectiva.

La Secretaria Temporal,

Abg. NANCY REA ROMERO.
D. 6283.-
AGQ/lvvz.