REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 01 de octubre de 2008
198° y 149°
Vista la demanda presentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE GIRALDO, colombiano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.360.654, de este domicilio, asistido por la abogada MARIA OJEDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.016.538, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 40.317, de este domicilio, contra la empresa PT INVERSIONES, C.A., sociedad mercantil, registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 24 de enero de 1991, bajo el Nro. 19, tomo 4-A; para pronunciarse con respecto a la admisión de la misma el Tribunal observa:
La presente demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, fue presentada para su distribución en fecha 16 de Julio de 2005; este Tribunal en fecha 12 de julio de 2005, le da entrada a la demanda, pero a los efectos de la admisión de la misma la parte interesada hasta la presente fecha no ha consignado los instrumentos originales correspondientes.
En virtud de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, NIEGA LA ADMISIÓN DE LA DEMANDA presentada por el ciudadano JOSE ENRIQUE GIRALDO.
El Juez Provisorio,
Abog. Santiago Restrepo Pérez,
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina,
Exp. Nro. 18.090.-
maría